Page 69 - 22 de febrero del 2026 - La Razón
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DOMINGO,
         22 DE FEBRERO DE 2026                                                                                                                     15



















                            RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 06/2026                   evidenciándose transgresión alguna al principio de legalidad ni a las disposiciones que regulan el Sistema
                                    La Paz, 12 de febrero de 2026.                 de Administración de Bienes y Servicios.
            VISTOS:                                                                Que, en consecuencia, del análisis efectuado se concluye que las designaciones y delegaciones descritas
                                                                                   no contravienen el ordenamiento jurídico vigente, recomendándose su formalización mediante Resolución
            Que, la Constitución Política del Estado, que, el Artículo 232 del Texto Constitucional, determina que   Administrativa expresa, en observancia de los principios de legalidad, competencia y seguridad jurídica
            la Administración Pública se rige por los principios de legitimidad, legalidad, imparcialidad, publicidad,   que rigen la función pública.
            compromiso e interés social, ética, transparencia, igualdad, competencia, eficiencia, calidad, calidez,
            honestidad, responsabilidad y resultados.                              POR TANTO:
            Que, los Numerales 1 y 2 del Artículo 235 de la Norma Suprema, señalan que los servidores públicos,   La Directora General Ejecutiva de la  Agencia Boliviana Espacial, en ejercicio de las atribuciones,
            tienen la obligación de cumplir la Constitución y las Leyes, así como asumir sus responsabilidades de   conferidas por Ley.
            acuerdo a los principios de la Función Pública.                        R E S U E L V E:

            Que, la Ley N° 1178 de 20 de julio de 1990, de Administración Control Gubernamentales, en su  Inciso   PRIMERO.- Designar, como Responsables de todos los Procesos de Contratación en las modalidades de
            a) del Artículo 10, instituye que el Sistema de Administración de Bienes y Servicios establecerá la forma   Licitación Pública (RPC), Apoyo Nacional a la Producción y Empleo (RPA), Contrataciones Directas (RPA
            de contratación, manejo y disposición de bienes y servicios se sujetará al siguiente precepto previamente   o RPC) y Contratación Menor (RPA), así como la facultad de firmar los Contratos u Órdenes de Compra/
            exigirá  la  disponibilidad  de  los  fondos  que  compromete  o  definirá  las  condiciones  de  financiamiento   Servicio a los servidores públicos que ocupan los siguientes puestos:
            requeridas; diferenciará las atribuciones de solicitar, autorizar el inicio y llevar a cabo el proceso de
            contratación; simplificará los trámites e identificará a los responsables de la decisión de contratación con                     SUSCRIPCIÓN
            relación a la calidad, oportunidad y competitividad del precio del suministro, incluyendo los efectos de los                         DE
            términos de pago.                                                                                      SERVIDOR                   CONTRATO
                                                                                      MODALIDAD       CUANTÍA     PÚBLICO A SER   RESPONSABLE
            Que, la Ley N° 2341 de 23 de abril de 2002, en sus Parágrafos I, II y VI del Artículo 7 señalan que, las   DESIGNADO             U ORDEN DE
            autoridades administrativas podrán delegar el ejercicio de su competencia para conocer determinados                               COMPRA/
            asuntos administrativos, por causa justificada, mediante resolución expresa, motivada y pública. Cuya                             SERVICIO
            delegación se efectuará únicamente dentro de la entidad pública a su cargo; en tal sentido, el delegante   De Bs 1.- (UN 00/100
            y el delegado serán responsables solidarios por el resultado y desempeño de las funciones, deberes y   BOLIVIANO) hasta
            atribuciones emergentes del ejercicio de la delegación, conforme a la Ley N° 1178, de Administración y   Contratación Menor  Bs 50.000.-   Jefe
            Control Gubernamentales de 20 de julio de 1990 y disposiciones reglamentarias; es así que, la delegación   (CINCUENTA MIL   Administrativo  RPA  RPA
            de competencia y su revocación surtirán efecto a partir de la fecha de su publicación en un órgano de   00/100
            prensa de circulación nacional.                                                       BOLIVIANOS
                                                                                                  Mayor a Bs 50.000.-
            Que, el Decreto Supremo N° 0181 de 28 de junio de 2009, Normas Básicas del Sistema de Administración   (CINCUENTA MIL
            de Bienes y Servicios-NB-SABS, en sus Incisos c), d) y f) del Artículo 32, prevé entre las funciones de   00/100
            la MAE de cada entidad pública, el designar o delegar mediante Resolución expresa, para uno o varios   Apoyo Nacional a  la  BOLIVIANOS) hasta   Director
            procesos de contratación, al RPA y RPC en las modalidades que correspondan; así como, designar al   Producción y Empleo   Bs 1.000.000.- (UN  Administrativo  RPA  RPA
            Responsable de Recepción para la modalidad ANPE, para uno o varios procesos, pudiendo delegar esta   MILLÓN 00/100   Financiero
            función al RPC, al RPA o a la Autoridad Responsable de la Unidad Solicitante; asimismo, establece la
            función de suscribir los contratos, pudiendo delegar esta función mediante Resolución expresa, en el   BOLIVIANOS)
            marco del Artículo 7 de la Ley N° 2341, de 23 de abril de 2002, de Procedimiento Administrativo.  Mayor a Bs   Director
                                                                                   Licitación Pública   1.000.000.- (UN   Administrativo
            Que, el Reglamento Específico del Sistema de Administración de Bienes y Servicios para Empresas   MILLÓN 00/100  Financiero  RPC    RPC
            Públicas Nacionales Estratégicas  (RE SABS  EPNE)  de 20 de julio de 2022, aprobado mediante   BOLIVIANOS
            Resolución de Directorio N°04/2022, en su Artículo 5 señala como Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE) al   Menor o igual Bs   Director
            Director General Ejecutivo.                                            Contratación Directa   1.000.000.- (UN   Administrativo  RPA  RPA
                                                                                                  MILLÓN 00/100
            Que, el mencionado Reglamento considera las modalidades y cuantías, por otra parte sostiene que los   BOLIVIANOS  Financiero
            responsables de procesos de Contratación Menor y Apoyo Nacional a la Producción y Empleo (ANPE)   Mayor a Bs
            son los servidores públicos designados por la MAE mediante Resolución.                1.000.000.- (UN    Director
                                                                                   Contratación Directa   MILLÓN 00/100  Administrativo  RPC    RPC
            Que, los Artículos 13,19 y 20 del Reglamento Específico del Sistema de Administración de Bienes y   BOLIVIANOS  Financiero
            Servicios para Empresas Públicas Nacionales Estratégicas (RE-SABS EPNE), sostiene que el responsable   Contratación Directa
            de contratación de Licitación Pública, es el servidor público designado por la MAE mediante Resolución.  para actividades   Menor o igual Bs
                                                                                                                     Director
            CONSIDERANDO:                                                          relacionadas   1.000.000.- (UN   Administrativo  RPA         RPA
                                                                                   directamente con el   MILLÓN 00/100  Financiero
            Que, el Informe Técnico INF-DAF-UAD 3/2026 de 09 de febrero de 2026, elaborado por el Lic. Carlos   giro empresarial o de  BOLIVIANOS
            Alberto Nuñez Jaramillo, Profesional Administrativo, vía y V°B° de la Lic. Yenny Pomier López, Jefe   negocios
            Administrativo y Ing. Martin Guillermo García Vásquez, Director Administrativo Financiero a.i., dirigido   Contratación Directa
            a la Lic. Paola Andrea Oporto Ríos, Directora General Ejecutiva de la Agencia Boliviana Espacial –   para actividades   Mayor a Bs
            ABE, concluye que en cumplimiento a lo establecido en la normativa vigente, corresponde realizar la   relacionadas   1.000.000.- (UN   Director
            designación de Responsable del Proceso de Contratación de Licitación Pública - RPC; Responsable del   directamente con el   MILLÓN 00/100  Administrativo  RPC  RPC
            Proceso de Contratación de Apoyo Nacional a la Producción y Empleo – RPA, al Director Administrativo   giro empresarial o de  BOLIVIANOS  Financiero
            Financiero y como Responsable de los procesos de Contratación Menor al Jefe Administrativo, conforme   negocios
            al Reglamento Específico del Sistema de Administración de Bienes y Servicios de la Agencia Boliviana
            Espacial. Asimismo, señala que corresponde que la MAE  delegue al RPC,  RPA y Responsable de   SEGUNDO.- Delegar en el Responsable de Procesos de Contratación de Licitación Pública (RPC), en el
            Contratación  Menor,  la  función  de  realizar  la  designación  del  Responsable  de  Recepción  para  la   Responsable de Procesos de Contratación de Apoyo Nacional a la Producción y Empleo (RPA) y en el
            modalidad ANPE o a la Comisión de Recepción para Licitación Pública, para uno o varios procesos y   Responsable de los Procesos de Contratación Menor, según corresponda a la modalidad de contratación
            sugiere que conforme al Inciso f) del Artículo 32 del Decreto Supremo N° 0181, se delegue la función de   y conforme a la distribución de competencias previstas, la atribución de designar al Responsable de
            suscribir contratos, contratos modificatorios, resolver contratos, suscribir Orden de Compra u Orden de   Recepción o a la Comisión de Recepción en los procesos de contratación tramitados bajo las modalidades
            Servicio para las modalidades señaladas precedentemente, así como dejar sin efecto las mismas, por lo   de Contratación Menor, Licitación Pública, Apoyo Nacional a la Producción y Empleo, Contratación Directa
            que recomienda remitir el Informe a Asesoría Legal para la emisión de Resolución Administrativa y las   y Contratación Directa para actividades relacionadas directamente con el giro empresarial o de negocios.
            gestiones de publicación.
                                                                                   TERCERO.- Disponer, la publicación de la presente Resolución en un Órgano de prensa de circulación
            Que, el Informe Legal INF–DGE-AL N° 07/206 de 12 de febrero de 2026, realizado por Asesoría Legal,   nacional, a efectos de su entrada en vigencia.
            concluye que la designación del Director Administrativo Financiero como Responsable de Procesos de
            Contratación en las modalidades de Licitación Pública (RPC) y Apoyo Nacional a la Producción y Empleo   CUARTO.- La Dirección Administrativa Financiera, está encargada de la ejecución y cumplimiento de la
            – ANPE (RPA), así como en las Contrataciones Directas cuando corresponda asumir dichas funciones, se   presente Resolución.
            ajusta a derecho, en razón a que dicha autoridad ejerce competencias de dirección, supervisión y control
            sobre la gestión administrativa y financiera institucional, lo que comprende la conducción integral de los   Regístrese, comuníquese y archívese.
            procesos de contratación de mayor cuantía y complejidad.
            Que, de  igual forma,  la  designación del  Jefe Administrativo como Responsable de  los Procesos de
            Contratación Menor se enmarca en las atribuciones operativas inherentes a su cargo, circunscribiéndose
            su competencia a la gestión, tramitación y seguimiento de los procesos cuya cuantía y procedimiento se
            encuentran definidos para dicha modalidad por la normativa aplicable.
            Que, asimismo,  la delegación al Director Administrativo  Financiero para la suscripción  de contratos,
            órdenes de compra y órdenes de servicio, así como para la designación de la Comisión de Recepción o
            del Responsable de Recepción, constituye una atribución delegable conforme a la normativa citada, no   cc. Archivo.
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