Page 67 - 22 de febrero del 2026 - La Razón
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DOMINGO,
22 DE FEBRERO DE 2026 13
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RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA EBC N°0011/2026 de gimnasio de alto prestigio,
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Asunto: DESIGNACIÓN DE RESPONSABLE DE PROCESOS DE CONTRATACION MENOR: APOYO NACIONAL A LA PRODUCCION Y EMPLEO-RPA, PROCESO DE gran afluencia en Santa Cruz de
CONTRATACION DIRECTA DE BIENES Y SERVICIOS-RPCD Y DELEGACION DE FIRMA DE CONTRATOS HASTA BS. UN MILLON DE BOLIVIANOS. la Sierra.
FECHA: 27 de enero de 2026
VISTOS: Excelente oportunidad de
El Decreto Supremo N° 1020 de 26 de octubre de 2011, Decreto Supremo N° 181 de 28 de junio de 2009 y sus decretos modificatorios, Reglamento Específico del Sistema de inversión.
Administración de Bienes y Servicios (RESABS-EPNE) compatibilizado a través de Nota MEFP/VPCF/DGNGP/UNPE/NO 0172/2021 de 12 de febrero de 2021 y aprobado mediante
Resolución Administrativa EBC N° 010/2021 de 18 de febrero de 2021
CONSIDERANDO: Interesados: 73825393 – 71850099
Que el articulo 232 de la Constitución Política del Estado, señala que la Administración Publica se rige por los principios de legitimidad, legalidad, imparcialidad, publicidad, compromiso
e interés social, ética, transparencia, Igualdad, competencia, eficiencia, calidad, calidez, honestidad, responsabilidad y resultados.
Que el Articulo 3 de la Ley Nº 1178 de Administración y Control Gubemamentales de 20 de julio de 1990. establece que: “Los Sistemas de Administración y Control se aplicaran en
todas las entidades del Sector Publico, sin excepción...”, preceptuando en su Articulo 10 que el Sistema de Administración de Bienes y Servicios, establecerá la forma de contratación,
manejo y disposición de bienes y servicios. Auditoria Externa
Que mediante Decreto Supremo N° 0181 de 28 de junio de 2009, se aprueban las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios NB-SABS, consideradas
como el conjunto de normas de carácter jurídico, técnico y administrativo que regulan la contratación de bienes y servicios, el manejo y la disposición de bienes de las entidades
públicos, en forma interrelacionada con los sistemas establecidos en la Ley N° 1178; cuyo objeto es el de establecer los principias, normas y condiciones que regulan los procesos La Cooperativa de Consumo Santiago
de administración de bienes y servicios y las obligaciones y derechos que derivan de estos, en el marco de la Constitución Política del Estado y la Ley Nº 1178; estableciendo los
elementos esenciales de organización, funcionamiento y de control interno, relativos a la administración de bienes y servicios. de Munaypata R.L. invita a todas las
Que, el inc. a) del Artículo 10 del Decreto Supremo N° 0181 establece entre las funciones y responsabilidades de las entidades públicas la de cumplir y hacer cumplir las NB - SABS empresas de Auditoria legalmente
y su reglamentación. Por otro lado, el inciso c) del Artículo 32 del precitado Decreto Supremo que establece como una de las funciones de la Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE) la constituidas en el país para realizar
de designar o delegar mediante el servicio de Auditoría Financiera
Resolución expresa, para uno o varios procesos de contratación, al RPC y al RPA en las modalidades que correspondan, precepto complementado con lo previsto en el artículo
71 de la misma norma legal que establece que el RPA o el RPC de acuerdo con el monto de la contratación, será responsable de las contrataciones directas de bienes y servicios. de la Gestión 2025. Los interesados
Que el Reglamento Específico de Sistema de Administración de Bienes y Servicios para Empresas Publicas Nacionales Estratégicas - RESABS-EPNE-EBC aprobado por Resolución deberán presentar sus propuestas en
Administrativa EBC N°010/2021 de 18 de febrero de 2021, compatibilizado por el Ministerio Economía y Finanzas Publicas conforme CITE:EFP/VPCF/DGNGP/UNPE/No 0172/2021 nuestras oficinas Av. Florida N° 290 z/
de 12 de febrero de 2021, señala:
• Articulo 9 RESPONSABLE DEL PROCESO DE CONTRATACION MENOR. Se designará al Gerente Administrativo Financiero mediante Resolución Administrativa interna Munaypata parada micro “X” o al
emitida por la MAE en la cuantía de hasta Bs. 50.000,00.- (Cincuenta mil 00/100 Bolivianos) Asimismo, establece las atribuciones y obligaciones corespondientes. - correo
• El Articulo 11 RESPONSABLE DEL PROCESO DE CONTRATACION DE APOYO NACIONAL A LA PRODUCCION Y EMPLEO - RPA. Se designará como RPA al: Gerente [email protected]
Administrativo Financiero. RPA, designado por la MAE mediante Resolución Administrativa, es el responsable de las contrataciones de bienes y servicios, en la Modalidad de
Apoyo Nacional a la Producción y Empleo-ANPE, Sus funciones están establecidos en el Arficula 34. de la NB-SABS; en la cuantia de Bs. 50.000.00.- hasta Bs. 1.000.000,00.-
(Cincuenta mil 00/100 hasta Un millón 00/100 Bolivianas).
• El Articulo 19 RESPONSABLE DE CONTRATACION DIRECTA DE BIENES Y SERVICIOS. El responsable de la Contratación Directa de Bienes y Servicios es el RPC o el RPA
designado de acuerdo con lo establecido en los artículos 11 y 13 del presente Reglamento Especifico: en la cuantia hasta de Bs. 1.000.000,00.- (Un millón 00/100 Bolivianos).
Que el mencionado Reglamento Específico de Sistema de Administración de Bienes y Servicios para Empresas Publicas Nacionales Estratégicas-RESABS-EPNE-EBC establece
en las diferentes modalidades de contratación que la MAE suscribe el contrato pudiendo delegar esta función mediante Resolución Expresa y motivada de acuerdo al procedimiento
establecido en el Art. 7 de la Ley 2341.
Que mediante el Decreto Supremo N” 1020 de 26 de octubre de 2011 fue creada la Empresa Estratégica Boliviana de Construcción y Conservación de infraestructura Civil cuya
sigia es “EBC como una Empresa Pública Nacional Estratégica, con personalidad jurídica de derecho público, de duración indefinida y batrimonio propio, con autonomia de gestión
administrativa, financiera legal y técnica que s trencinida y bajo tuición del Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda.
Que mediante Resolución Suprema Nº 32169 de fecha 18 de diciembre de 2025. el Presidente Constitucional del Estado Plurinacional de Bolivia, designa al ciudadano Sergio Mustafa
Saenz, como Gerente General de la Empresa Estratégica Boliviana de Construcción y Conservación de infraestructura Civil-EBC.
Que la Ley Nro. 2341 de fecha 23 de abril de 2002, en el artículo 7 establece que las autoridades administrativas podrán delegar el ejercicio de su competencia para conocer
determinados asuntos administrativos, por causa justificada, mediante resolución expresa, motivada y publica. Esta delegación se efectuará únicamente dentro de la entidad pública
a su cargo, parágrafo VI. del mismo cuerpo legal señala que la delegación de competencia y su revocación surtirán efecto a partir de la fecha de su publicación en un órgano de
prensa de circulación nacional.
Que las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios aprobadas por Decreto Supremo N° 0181 de 28 de junio de 2009 en el Artículo 32 establece que la
MAE de cada entidad pública es responsable de todos los procesos de contratación desde su inicio hasta su conclusión, y sus principales funciones son: 1) Suscribir los contratos,
pudiendo delegar esta función mediante Resolución expresa, en el marco del Articulo 7 de la Ley N° 2341, de 23 de abril de 2002, de Procedimiento Administrativo.
Que la Empresa Estratégica Boliviana de Construcción y Conservación de infraestructura Civil - EBC viene atravesando un periodo de reorganización institucional interna, razón por
la cual el Gerente General ha visto por conveniente delegar la responsabilidad de llevar adelante los procesos de contratación de la empresa, así como la delegación de firma de
contratos hasta un millón de bolivianos al Gerente Administrativo Financiero, a fin de agilizar el ingresa, proceso y salida de trámites administrativos en materia de contrataciones.
POR TANTO
El Gerente General de la Empresa Estratégica Boliviana de Construcción y Conservación de Infraestructura Civil EBC, en ejercicio de sus atribuciones previstas en la normativa legal
descrito precedentemente.
RESUELVE:
PRIMERO. - DESIGNAR al servidor público de la Empresa Estratégica Boliviana de Construcción Conservación de infraestructura Civil EBC que ocupa el cargo de GERENTE
ADMINISTRATIVO FINANCIERO como:
1.1 EN EL MARCO DEL DECRETO SUPREMO NRO. 0181-NORMAS BASICAS DEL SISTEMA DE ADMINISTRACION DE BIENES Y SERVICIOS.
a) Responsable de Procesos de Contratación de obras, bienes y servicios, en la modalidad de Ap Nacional a la Producción y Empleo (RPA-ANPE).
b) Responsable de Procesos de Contratación menor de Obras, Bienes y Servicios.
c) Responsable de Procesos de Contratación Directa de Bienes y Servicios.
1.2 EN EL MARCO DEL RESABS DE LA EBC-REGLAMENTO ESPECIFICO DEL SISTEMA DE ADMINISTRACION DE BIENES Y SERVICIOS DE LA EMPRESA ESTRATEGICA
BOLIVIANA DE CONSTRUCCION Y CONSERVACION DE INFRAESTRUCTURA CIVIL.
a) Responsable del Proceso de Contratación Menor de bienes, obras y servicios hasta una cuantia de Bs. 50.000,00.- (Cincuenta mil 00/100 Bolivianas) en el marco del
Reglamento Especifico de Sistema de Administración de Bienes y Servicios para Empresas Publicas Nacionales Estratégicas - RESABS-EPNE-EBC aprobado por Resolución
administrativa EBC N°010/2021 de 18 de febrero de 2021.
b) Responsable del Proceso de Contratación de obras, bienes y servicios, en la modalidad de Apoyo Nacional a la Producción y Empleo (RPA-ANPE) en la cuantía de Bs.
50.000,00.- hasta Bs. 1.000.000,00.-(Cincuenta mill 00/100 hasta Un millón 00/100 Bolivianos en el marco del Reglamento Especifico de Sistema de Administración de Bienes
y Servicios para Empresas Publicas Nacionales Estratégicas-RESABS -EPNE-EBC aprobado por Resolución Administrativa EBC N°010/2021 de 18 de febrero de 2021.
c) Responsable de Procesos de Contratación Directa de Obras, Bienes y Servicios hasta una cuantia de Bs. 1,000,000.00 (Un millón 00/100 Bolivianos), en el marco del
Reglamento Específico de Sistema de Administración de Bienes y Servicios para Empresas Publicas Nacionales Estratégicas - RESABS-EPNE-EBC aprobado por Resolución
Administrativa EBC N°010/2021 de 18 de febrero de 2021.
SEGUNDO. - DELEGAR al Servidor Público que ocupa el cargo de GERENTE ADMINISTRATIVO FINANCIERO las funciones de:
a) Designar a la Comisión de Calificación.
b) Designar al Responsable de Recepción o Comisión de Recepción, según corresponda:
c) Emitir Resolución o Nota de Adjudicación expresa, conforme normativa legal en vigencia. d) Emifir Resolución o Nota de declaratoria desierta y anulación, y todo acto
administrativa establecido en la normativa legal en vigencia.
e) Firma de contratos administrativos, contratos modificatorios, Ordenes de Servicios y Órdenes de Compra hasta una cuantía de Bs. 1.000.000,00.- (Un millón 00/100 Bolivianos).
TERCERO. - Publíquese en un medio de prensa de circulación nacional, para efectos de cumplimiento del Parágrafo VI. Artículo 7 de la Ley 2341 de 25 de abril de 2002.
CUARTO. - La Gerencia Administrativa Financiera, queda encargada del cumplimiento de la presente Resolución Administrativa.
QUINTO. - I. Se deja sin efecto la Resolución Administrativa EBC Nº 034/2025 de 7 de abril de 2025, asimismo abrogan y derogan las Resoluciones Administrativas contrarias a la
presente Resolución.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y ARCHÍVESE

