Page 25 - 20 de octubre del 2025 - La Razón
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LUNES,
20 DE OCTUBRE DE 2025 9
Es imprescindible señalar que para dar continuidad a las actividades Boliviana de Alimentos y Derivados-EBA, Art. 26 incs. a), b), c) del a la entrega de las canastas familiares al Municipio de Cochabamba
administrativas y evitar su paralización total con ciertas formas Reglamento Específico del Sistema de Administración de Bienes y se presume su contravención al inc. j) del Art.35 del Decreto Supremo
de flexibilización y reprogramación de plazos y procedimientos Servicios de la Empresa Boliviana de Alimentos y Derivados-EBA. N°0181.
administrativos, se han emitido Decretos Supremos durante la Cuarentena
se ha garantizado el cumplimiento de la normativa vigente. c) Oscar Joaquín Peredo Von Borries, ex Gerente Comercial de f) Luis Carlos Buendia Arapi, en su condición de Responsable del
la Empresa Boliviana de Alimentos y Derivados - EBA, de quien
Alimento Complementario Escolar de la Empresa Boliviana de
La suscrita dando continuidad a la sustanciación de los procesos al interior de su Gerencia como Unidad Solicitante respaldó las Alimentos y Derivados - EBA, quien como Unidad Solicitante efectuó
sumarios que se entregó y al haber tomado conocimiento de las presuntas solicitudes del inicio de procesos de contratación directa, de forma y respaldo las solicitudes del inicio de procesos de contratación
contravenciones y en cumplimiento al Art. 18 del Decreto Supremo Nº posterior a la entrega de las canastas familiares al municipio de directa, de forma posterior a la entrega de las canastas familiares
23318- A, modificado por los Decretos Supremos No. 26237 y No. Cochabamba presumiendo su contravención a los incs. b), d), e), al municipio de Cochabamba, presumiendo su contravención a los
29820, da inicio al presente. f) del Art. 28 de la Ley N°2341, Articulo 18 inc. e) del Reglamento incs. b), d), e), f) del Art. 28 de la Ley N°2341, Articulo 18 inc. e)
Específico del Sistema de Administración de Bienes y Servicios de del Reglamento Específico del Sistema de Administración de Bienes
POR TANTO: la Empresa Boliviana de Alimentos y Derivados-EBA; posteriormente y Servicios de la Empresa Boliviana de Alimentos y Derivados-EBA;
La suscrita Sumariante, con las facultades conferidas por el Reglamento no se observan gestiones del seguimiento al avance y formalización posteriormente no se observan gestiones del seguimiento al avance y
de la Responsabilidad por la Función Pública, aprobado por Decreto del contrato u orden de compra con los proveedores Orgánica del Sur formalización de los contratos con los proveedores Orgánica del Sur
Supremo Nº 23318- A, modificado por los Decretos Supremos No. 26237 S.R.L.; Ingenio Azucarero Guabirá S.A.; Molino Andino S.A.; Industria S.R.L.; Ingenio Azucarero Guabirá S.A.; Molino Andino S.A.; Industria
y No. 29820, Ley 2341 y Resolución Administrativa EBA/GE/N°0016/2024 Molinera Concordia S.R.L.; DADI Bolsas y Plásticos; ANAPQUI; Molinera Concordia S.R.L.; DADI Bolsas y Plásticos; ANAPQUI;
de 07 de febrero de 2024, en base a la sana crítica, los fundamentos de MELQUI LTDA por lo que se presume su contravención al inc. k) del MELQUI LTDA lo cual se presume su contravención al inc. k) del
hecho y derecho, la doctrina referida y los principios citados. Art.35 del Decreto Supremo N°0181; al no haberse coordinado y Art.35 del Decreto Supremo N°0181; al no haberse coordinado y
comunicado la cancelación de los procesos de contratación posterior
comunicado la cancelación de los procesos de contratación posterior
RESUELVE: a la entrega de las canastas familiares al Municipio de Cochabamba, a la entrega de las canastas familiares al municipio de Cochabamba,
PRIMERO.- Disponer el INICIO DE PROCESO ADMINISTRATIVO se presume la contravención al inc. j) del Art.35 del Decreto Supremo se presume la contravención al inc. j) del Art.35 del Decreto Supremo
N°0181.
N°0181.
INTERNO en contra de:
d) Jorge Humberto Blondel Rossetti, ex Jefe de Unidad Servicios SEGUNDO.- Disponer la notificación con la presente resolución a los
a) Gustavo Eduardo Martinic Vásquez, ex Responsable del Proceso Alimenticios de la Empresa Boliviana de Alimentos y Derivados sumariados tal como establece el Artículo 21 inc. c) del D.S. 26237,
de Contratación Directa, de quien no se observan acciones de – EBA, quien como Unidad Solicitante respaldo las solicitudes de acuerdo al registro que se tiene en el Departamento de Gestión de
coordinación con la unidad solicitante a efectos de gestionar el inicio del inicio de procesos de contratación directa, de forma posterior a Talento Humano.
de los procesos de contratación con los proveedores: Orgánica del Sur la entrega de las canastas familiares al municipio de Cochabamba
S.R.L.; Ingenio Azucarero Guabirá S.A.; Molino Andino S.A.; Industria presumiendo su contravención a los incs. b), d), e), f) del Art. 28 de TERCERO.- En merito a lo previsto por el inciso b) del artículo 22 del
Molinera Concordia S.R.L.; DADI Bolsas y Plásticos; ANAPQUI; la Ley N°2341, Articulo 18 inc. e) del Reglamento Específico del Reglamento de la Responsabilidad por la Función Pública, aprobado por
MELQUI LTDA, presumiendo así su contravención al Art. 17, incs. Sistema de Administración de Bienes y Servicios de la Empresa Decreto Supremo No. 23318- A, modificado por Decreto Supremo No.
c), g) del Reglamento Específico del Sistema de Administración de Boliviana de Alimentos y Derivados-EBA; posteriormente no se 26237, se dispone la apertura del término probatorio de diez días
Bienes y Servicios de la Empresa Boliviana de Alimentos y Derivados- observan gestiones del seguimiento al avance y formalización del hábiles, computables a partir de la notificación al sumariado, para
EBA; y al no haberse emitido la cancelación de los procesos de contrato u orden de compra con los proveedores Orgánica del Sur que los sumariados puedan hacer la presentación de sus descargos
contratación posterior a la entrega de las canastas familiares al S.R.L.; Ingenio Azucarero Guabirá S.A.; Molino Andino S.A.; Industria referentes al inicio del presente proceso.
municipio de Cochabamba se presume su contravención a los incs. Molinera Concordia S.R.L.; DADI Bolsas y Plásticos; ANAPQUI;
a), b), c) del parágrafo II. del Art.28 del Decreto Supremo N°0181 MELQUI LTDA lo cual se presume su contravención al inc. k) del CUARTO.- Los sumariados en su primera actuación deberá señalar el
siendo concordante con el Art. 17, inc. f) del Reglamento Específico Art.35 del Decreto Supremo N°0181; al no haberse coordinado y domicilio real/procesal, correo electrónico y/o número de celular con
del Sistema de Administración de Bienes y Servicios de la Empresa comunicado la cancelación de los procesos de contratación posterior WhatsApp a efectos de notificaciones con posteriores actuaciones,
Boliviana de Alimentos y Derivados-EBA, Art. 26 incs. a), b), c) del a la entrega de las canastas familiares al Municipio de Cochabamba siendo válidas y perfectas el uso de cualquiera de los medios que señalen
Reglamento Específico del Sistema de Administración de Bienes y se presume su contravención al inc. j) del Art.35 del Decreto Supremo en el marco del Reglamento de la Ley N° 2341 y la Ley de Ciudadanía
Servicios de la Empresa Boliviana de Alimentos y Derivados-EBA. N°0181. Digital de fecha 12 de junio de 2018. En caso de no señalar en su primera
actuación lo indicado, se practicarán las notificaciones en SECRETARÍA
b) Eduardo Achu Quispe, ex Responsable del Proceso de Contratación DE DESPACHO de la suscrita, ubicado en el piso 5 del Edificio Hermanos
Directa - RPCD de la Empresa Boliviana de Alimentos y Derivados – e) Mary Alejandra Duran Arroyo, ex Responsable de Alimentación Maldonado N° 2382 Oficina Central de la Empresa Boliviana de Alimentos
EBA, de quien no se observan acciones de coordinación con la unidad Complementaria Escolar La Paz de la Empresa Boliviana de Alimentos y Derivados - EBA, de la ciudad de La Paz en aplicación supletoria del
solicitante y unidad legal, a efectos de solicitar las razones técnicas y y Derivados EBA, quien como Unidad Solicitante efectuó y respaldo Reglamento de la Ley de Procedimiento Administrativo.
legales del inicio de los procesos de contratación de forma posterior las solicitudes del inicio de procesos de contratación directa, de
a la entrega de los productos por los proveedores Orgánica del Sur forma posterior a la entrega de las canastas familiares al municipio Regístrese, Notifíquese y cúmplase.
S.R.L.; Ingenio Azucarero Guabirá S.A.; Molino Andino S.A.; Industria de Cochabamba, presumiendo su contravención a los incs. b), d), e),
Molinera Concordia S.R.L.; DADI Bolsas y Plásticos; ANAPQUI; f) del Art. 28 de la Ley N°2341, Articulo 18 inc. e) del Reglamento
MELQUI LTDA, presumiendo así su contravención al Art. 17, incs. Específico del Sistema de Administración de Bienes y Servicios de
c), g) del Reglamento Específico del Sistema de Administración de la Empresa Boliviana de Alimentos y Derivados-EBA; posteriormente
Bienes y Servicios de la Empresa Boliviana de Alimentos y Derivados- no se observan gestiones del seguimiento al avance y formalización
EBA; y al no haberse emitido la cancelación de los procesos de del contrato u orden de compra con los proveedores Orgánica del Sur
contratación posterior a la entrega de las canastas familiares al S.R.L.; Ingenio Azucarero Guabirá S.A.; Molino Andino S.A.; Industria
municipio de Cochabamba se presume su contravención a los incs. Molinera Concordia S.R.L.; DADI Bolsas y Plásticos; ANAPQUI;
a), b), c) del parágrafo II. del Art.28 del Decreto Supremo N°0181, MELQUI LTDA lo cual se presume su contravención al inc. k) del
siendo concordante con el Art. 17, inc. f) del Reglamento Específico Art.35 del Decreto Supremo N°0181; al no haberse coordinado y
del Sistema de Administración de Bienes y Servicios de la Empresa comunicado la cancelación de los procesos de contratación posterior

